Circular con patinete eléctrico. Normativa y recomendaciones sobre cómo se debe hacer.
Contenido del artículo
- Normativa de la DGT sobre patinetes eléctricos
- Equipamiento obligatorio para circular con patinete eléctrico
- ¿Qué comportamientos indebidos son sancionables?
- Normativa de patinetes eléctricos no recogidas por la DGT
- Dudas más frecuentes
- ¿Hay límite de velocidad para los patinetes eléctricos?
- ¿Puedo conducir un patinete eléctrico en la acera?
- ¿Es obligatorio el uso de casco?
- ¿Dónde se puede estacionar el patinete eléctrico?
- ¿Es necesario tener un seguro?
- ¿Se pueden utilizar patinetes eléctricos en carriles bici?
- ¿Qué responsabilidades tengo como conductor de un patinete eléctrico en caso de accidente?
La Dirección General de Tráfico (DGT) ha establecido una nueva normativa para patinetes eléctricos en España desde enero de 2024. Esta regulación incluye certificación obligatoria, requisitos técnicos, estándares de calidad y prohibiciones específicas. Descubre cómo estas medidas afectan a los usuarios y cómo cumplir con la normativa.
Normativa de la DGT sobre patinetes eléctricos
A partir de enero de 2024, la Dirección General de Tráfico (DGT) ha establecido una nueva normativa para los patinetes eléctricos en España. Aquí están los puntos clave:
- Certificación Obligatoria: Todos los patinetes y vehículos de movilidad personal (VMP) nuevos deben estar certificados para circular legalmente. Esto incluye sistemas de frenado, luces, reflectantes y otros aspectos técnicos. A partir de enero de 2024, todas las marcas y modelos existentes en el mercado deben cumplir con esta norma. Sin embargo, hay una moratoria para los patinetes y VMP no certificados, que podrán seguir circulando hasta enero de 20271.
- Características Técnicas: El Manual de características técnicas de los VMP detalla los requisitos obligatorios en términos de calidad y estructura. Esto abarca aspectos como la integridad estructural, la compatibilidad electromagnética, la resistencia a la humedad y la protección de la batería contra temperaturas altas. Además, se requieren ensayos de calidad en laboratorios autorizados para obtener la certificación1.
- Estándar de Calidad: La nueva normativa establece un estándar de calidad que antes no existía. Los fabricantes deben garantizar requisitos mínimos para generar confianza en los clientes. Las asociaciones de usuarios de VMP tienen opiniones diversas sobre esta norma, pero en general, se espera que aumente la seguridad en estos vehículos1.
- **Regulación Previa**: Desde enero de 2021, los conductores de patinetes eléctricos ya estaban equiparados al resto de conductores en términos de limitación de velocidad (25 km/h) y prohibiciones de circular por vías interurbanas y aceras de las ciudades12.
Equipamiento obligatorio para circular con patinete eléctrico
Para circular con un patinete eléctrico, debes asegurarte de cumplir con el equipamiento obligatorio establecido por la Dirección General de Tráfico (DGT) en España. Aquí están los elementos que debes tener:
- Sistema de Frenado: Tu patinete debe estar equipado con un sistema de frenado efectivo.
- Timbre: Debes tener un dispositivo de advertencia acústica (timbre) para alertar a peatones y otros usuarios de tu presencia.
- Luces: Es obligatorio contar con luces en tu patinete. Esto incluye una luz trasera y una luz delantera.
- Dispositivos Reflectantes: Debes tener catadióptricos reflectantes traseros y delanteros para aumentar tu visibilidad, especialmente de noche.
- **Ropa Reflectante**: Si circulas de noche o en condiciones de visibilidad reducida, debes usar ropa reflectante para ser más visible en la vía123.
Recuerda que cumplir con estos requisitos no solo es obligatorio, sino que también contribuye a tu seguridad y la de los demás en la vía. ¡Viaja seguro! 🛴
¿Qué comportamientos indebidos son sancionables?
En 2024, la Dirección General de Tráfico (DGT) ha establecido normas más estrictas para los patinetes eléctricos en España. Aquí están algunos comportamientos indebidos que pueden ser sancionables:
- Circulación en Aceras: No se puede circular por aceras o zonas peatonales. Los patinetes deben utilizar las vías habilitadas para vehículos o carriles bici 1
- Uso de Auriculares: No se pueden usar auriculares ni escuchar música mientras se conduce un patinete eléctrico.
- Conducir bajo la Influencia: No se debe circular habiendo consumido alcohol u otras drogas.
- Circulación Nocturna: No se puede conducir durante la noche sin alumbrado o sin elementos reflectantes.
- **Uso de Casco**: Aunque no es obligatorio, las autoridades recomiendan el uso de casco como elemento de protección para los usuarios de patinetes eléctricos 1.
Recuerda que cumplir con estas normas no solo evita sanciones, sino que también contribuye a la seguridad vial y al bienestar de todos los usuarios en las vías 🛴
Normativa patinetes eléctricos no recogidas por la DGT
Respecto a otras limitaciones o especificaciones, cada municipio tiene su propia normativa. Madrid, Barcelona y Valencia son las ciudades españolas donde más se utiliza el patinete eléctrico. Algunas de sus peculiaridades son:
Uso del patinete eléctrico en Madrid
- Edad mínima:15 años.
- Zona de circulación: ciclocalles, carriles bici, pistas bici, calzada de calles integradas en zonas 30, calles en las que la velocidad máxima sea 30 kilómetros por hora.
- Otras normas: Los patinetes de alquiler deben tener seguro y utilizarse con casco.
Uso del patinete eléctrico en Barcelona
- Edad mínima:16 años.
- Zona de circulación: Sí se permite en carril bici en acera y en zona 30, en ambos casos con condiciones.
- Otras normas: el aparcamiento se permite en zonas habilitadas.
Uso del patinete eléctrico en Valencia
- Edad mínima:16 años.
- Zona de circulación: prohibido por aceras excepto los tipo A que pueden circular por calles peatones a 10 km/h. Permitido por calzada por ciclocalles, vías de sentido único y por la calzada de calles de zonas 30 a velocidad máxima de 30 km/h.
- Otras normas: se obliga al uso del casco para los tipo B.
¿Tienes dudas con la normativa de la DGT sobre patinetes eléctricos? Resolvemos las dudas más frecuentes
¿Necesito una licencia para conducir un patinete eléctrico?
Para conducir un patinete eléctrico en España, no necesitas una licencia de conducir específica. Sin embargo, debes cumplir con ciertas normas establecidas por la Dirección General de Tráfico (DGT), mencionadas anteriormente.
¿Hay límite de velocidad para los patinetes eléctricos?
- La velocidad máxima a la que podrán circular los patinetes eléctricos será de 25 km/h. Además, se implementarán sistemas para evitar la manipulación de la velocidad y la potencia, evitando así que patinetes no homologados circulen con modificaciones.
- A partir del 22 de enero de 2024, los fabricantes y distribuidores deben garantizar que los patinetes cumplan con requisitos específicos, como contar con dos sistemas de frenos independientes y disponer de un sistema eléctrico seguro para prevenir accidentes relacionados con las baterías2.
¿Puedo conducir un patinete eléctrico en la acera?
En España, no está permitido circular con un patinete eléctrico por la acera. Los patinetes deben utilizar las vías habilitadas para vehículos o los carriles bici. Circular por la acera puede ser sancionable y también representa un riesgo para los peatones. Es importante respetar las normas de circulación y garantizar la seguridad de todos los usuarios en las vías. 🛴🚶♂️
¿Es obligatorio el uso de casco?
En España, no es obligatorio el uso de casco para los conductores de patinetes eléctricos. Sin embargo, se recomienda encarecidamente que los usuarios utilicen cascos como medida de seguridad adicional. El casco ayuda a proteger la cabeza en caso de caídas o colisiones, y puede prevenir lesiones graves. Aunque no es una exigencia legal, es una práctica responsable y sensata para todos los que circulan en patinetes eléctricos. 🛴👷♂️
¿Dónde se puede estacionar el el patinete eléctrico?
En cuanto al estacionamiento de patinetes eléctricos, aquí tienes algunas recomendaciones:
- Zonas Habilitadas: Debes estacionar tu patinete en zonas habilitadas específicamente para vehículos de movilidad personal (VMP). Estas áreas pueden estar marcadas con señales o pintura en el suelo.
- Carriles Bici: Siempre que sea posible, estaciona en las proximidades de los carriles bici. Respeta las normas de circulación y no obstruyas el paso de otros usuarios.
- No en Aceras: Evita estacionar en aceras o zonas peatonales. Esto puede dificultar la movilidad de los peatones y causar molestias.
- No en Lugares Peligrosos: No estaciones en lugares peligrosos, como curvas, pasos de peatones o intersecciones.
- No Bloquees Accesos: Asegúrate de no bloquear accesos a edificios, entradas de garajes o rampas para personas con movilidad reducida.
Recuerda que el buen uso y el respeto por las normas contribuyen a una convivencia segura en las vías públicas. 🛴🚦
¿Es necesario tener un seguro?
Sí, es necesario tener un seguro para circular con un patinete eléctrico en 2024. La normativa puede variar según la ubicación y las regulaciones locales, pero en muchos lugares se requiere un seguro de responsabilidad civil para cubrir posibles daños a terceros en caso de accidente. Es importante verificar las leyes específicas en tu área para asegurarte de cumplir con los requisitos legales. 🛴💡
¿Se pueden utilizar patinetes eléctricos en carriles bici?
Sí, en general, los patinetes eléctricos pueden utilizarse en carriles bici. Sin embargo, es importante seguir las regulaciones específicas de cada área. Algunas consideraciones importantes son:
- Normativas Locales: Verifica las leyes y regulaciones locales en tu ciudad o provincia. Algunas áreas pueden tener restricciones específicas sobre el uso de patinetes eléctricos en carriles bici.
- Velocidad Máxima: En muchos lugares, la velocidad máxima permitida para patinetes eléctricos en carriles bici es de 25 km/h. Asegúrate de no exceder este límite.
- Comportamiento Seguro: Respeta las señales de tráfico, cede el paso a peatones y sigue las mismas normas de circulación que aplican a las bicicletas.
- Carriles Compartidos: Algunas ciudades tienen carriles bici compartidos con peatones. En estos casos, reduce la velocidad y ten precaución al cruzarte con personas a pie.
¿Qué responsabilidades tengo como conductor de un patinete eléctrico en caso de accidente?
Como conductor de un patinete eléctrico, tienes varias responsabilidades en caso de un accidente:
- Cumplir las Normativas: Debes cumplir con todas las normativas de tráfico aplicables a los patinetes eléctricos. Esto incluye respetar las señales de tráfico, ceder el paso cuando sea necesario y circular por los carriles adecuados.
- Seguro de Responsabilidad Civil: Es importante tener un seguro de responsabilidad civil que cubra posibles daños a terceros en caso de accidente. Esto protege a otras personas en caso de que seas responsable de un choque o lesiones.
- Asistencia a Víctimas: Si estás involucrado en un accidente, debes prestar asistencia a las víctimas si es necesario. Esto incluye llamar a los servicios de emergencia y proporcionar ayuda básica hasta que lleguen.
- Reportar el Accidente: En caso de un accidente con daños materiales o lesiones, debes reportarlo a las autoridades. Esto es importante para documentar el incidente y resolver cualquier disputa posterior.
Circular con patinete eléctrico. Normativa y recomendaciones sobre cómo se debe hacer.
El patinete eléctrico sigue ganando adeptos en las principales ciudades españolas, hasta el punto de que las normativas han tenido que ser actualizadas para tipificarlos.
Es un medio de movilidad más económico que las bicicletas, motos o coches, es ágil, sortea atascos, no conlleva esfuerzo físico, es fácil de llevar, transportar y guardar y, como es eléctrico, puedes acceder con él a zonas restringidas a la circulación.
El resultado es que ya circulan por España más de 20.000 vehículos de movilidad personal, la mayoría patinetes eléctricos, de los cuales 5.000 se mueven por Madrid, según datos de la Asociación de Usuarios de Vehículos de Movilidad Personal (AUVMP). Y la cifra va en aumento, tanto a nivel particular como en flotas de empresas y de los propios ayuntamientos.
Instrucción de la DGT a la espera de Real Decreto
Hasta finales de 2019 no existía una legislación de patinetes eléctricos a nivel estatal. Antes eran los Ayuntamientos los que regulaban el uso de estos vehículos, aprobando ordenanzas con diferentes criterios.
A la espera de la aprobación de un Real Decreto sobre Vehículos de Movilidad Personal (VMP), la DGT ha publicado una instrucción para usuarios, ayuntamientos y agentes de la autoridad.
Según la DGT, un patinete “es un vehículo de una o más ruedas dotado de una única plaza y propulsado exclusivamente por motores eléctricos que pueden proporcionar al vehículo una velocidad máxima por diseño comprendida entre los 6 y los 25 km/h”.
Sin embargo, la DGT sí aclara que, a este tipo de vehículos, no se les exige autorización administrativa para circular, ni para conducir, ni seguro obligatorio. Por lo que, en caso de cometer alguna infracción, no se detraerán puntos.
Con esta definición, ¿qué vehículos quedan excluidos de la instrucción?
- Vehículos sin sistema de auto-equilibrio y con sillín.
- Vehículos concebidos para competición.
- Vehículos para personas con movilidad reducida.
- Vehículos incluidos en el ámbito del Reglamento de la UE: patinetes con asiento, ciclo de motor, ciclomotores de dos ruedas…. Se recuerda que estos vehículos requieren de la autorización administrativa para conducir, circular y tener una póliza de seguro, además del uso del casco.
¿Qué comportamientos indebidos serán sancionables?
- Ir bajo los efectos del alcohol o de las drogas: la sanción será entre 500 y 1000 € en función de la tasa de alcohol, o de 1.000€ en caso de drogas. Además, en caso positivo, el vehículo quedará inmovilizado, tal y como ocurre con el resto de vehículos.
- Uso del teléfono móvil o de cualquier sistema de comunicación: la sanción será de 200€.
- Uso de cascos o auriculares conectados a aparatos receptores o reproductores de sonido: la sanción será de 200€.
- No uso de casco y otros elementos de protección: en este caso, la DGT lo remite a la ordenanza municipal de cada lugar, al no existir de momento una normativa nacional al respecto. En el caso de que la ordenanza municipal sí contemple el uso de casco y el usuario no lo lleve, la sanción será de 200€.
- Circular por aceras o zonas peatonales: la sanción será de 200€ (en este caso podría haber matizaciones según la ordenanza municipal).
- Circular más de una persona: la sanción será de 100€.
- Conducción nocturna sin alumbrado ni prendas o elementos reflectantes: la sanción será de 200€.
- Si cualquiera de estas infracciones las cometiera un menor de 18 años, serán los padres o tutores los que responderán solidariamente de la infracción cometida por el menor.
Finalmente, si se ponen en circulación aparatos que aparentemente ofrecen prestaciones superiores a un VMP y no cumplen los requisitos legales, dichos vehículos no pueden circular por las vías objeto de regulación, a sus conductores se les denunciará con una sanción de 500 € y se procederá a la inmovilización y depósito del mismo. Dentro de este mismo grupo se incluyen los casos de VMP que hayan sido manipulados para alterar la velocidad o las características técnicas.
¿Y el resto de circunstancias que no están recogidas en la instrucción de la DGT?
Respecto a otras limitaciones o especificaciones, cada municipio tiene su propia normativa. Madrid, Barcelona y Valencia son las ciudades españolas donde más se utiliza el patinete eléctrico. Algunas de sus peculiaridades son:
Uso del patinete eléctrico en Madrid
- Edad mínima:15 años.
- Zona de circulación: ciclocalles, carriles bici, pistas bici, calzada de calles integradas en zonas 30, calles en las que la velocidad máxima sea 30 kilómetros por hora.
- Otras normas: Los patinetes de alquiler deben tener seguro y utilizarse con casco.
Uso del patinete eléctrico en Barcelona
- Edad mínima:16 años.
- Zona de circulación: Sí se permite en carril bici en acera y en zona 30, en ambos casos con condiciones.
- Otras normas: el aparcamiento se permite en zonas habilitadas.
Uso del patinete eléctrico en Valencia
- Edad mínima:16 años.
- Zona de circulación: prohibido por aceras excepto los tipo A que pueden circular por calles peatones a 10 km/h. Permitido por calzada por ciclocalles, vías de sentido único y por la calzada de calles de zonas 30 a velocidad máxima de 30 km/h.
- Otras normas: se obliga al uso del casco para los tipo B.
¿Cuál es la opinión del RACE?
Desde el RACE, en boca de Jorge Castellanos, responsable de seguridad vial, la opinión es que “estos vehículos deben circular fuera de las aceras porque la interacción con los peatones no es posible, pero también es peligroso enviarlos a la calzada sin ningún tipo de protección” Se considera, que es necesario regular el uso en general de los vehículos de movilidad personal, equiparándolos al resto de vehículos. “Tendría que ser obligatorio el uso del casco y tener un seguro ya que, al compartir la calzada, también podrán causar daños o recibirlos”.
El RACE apuesta por la circulación en calles 30 (velocidad limitada a 30 km/h) o por carriles bici. “Hay una falta de inversión por parte de los ayuntamientos para construir más carriles destinados a las bicicletas y a los VMP”, se lamenta Jorge Castellanos.